Puntos importantes

  • El salario mínimo para 2024 es de MXN $374.89 para la Zona Libre de la Frontera Norte y MXN $248.93 para el resto del país.
  • La unidad de medida para 2024 es de MXN $108.57 diarios, MXN $3,300.53 mensuales y MXN $39,606.36 anuales.
  • Las empresas que se inscribieron en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) en 2021 deberán renovar su registro este año.  

Obligaciones a tener en cuenta este 2024 para su cumplimiento

Se adicionan enfermedades de trabajo e incapacidades permanentes. El 4 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma que adiciona el listado de enfermedades de trabajo e incapacidades permanentes.

La reforma también obliga a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a actualizar las Tablas de Enfermedades de Trabajo y el Catálogo de Fichas para la Valuación de Enfermedades de Trabajo. Actualmente no existen obligaciones que las empresas deban cumplir, pero es recomendable que revisen sus responsabilidades de cumplimiento en materia de seguridad y salud en el trabajo, especialmente la NOM-35-STPS-2018 sobre riesgos psicosociales relacionados con el trabajo, para prevenir futuras responsabilidades.

Salario mínimo. A partir del 1 de enero de 2024, el salario mínimo en México es de MXN $374.89 (aproximadamente USD $21.83) para la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) y MXN $248.93 (aproximadamente USD $14.50) para el resto del país.

Incrementos a la Unidad de Medida y Actualización (UMA). El 10 de enero de 2024, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía publicó en el DOF los valores actualizados diarios, mensuales y anuales de la UMA. La UMA es la base para el cálculo de multas u otros derechos del gobierno, ya sea a nivel estatal y/o federal. Los nuevos valores entrarán en vigor el 1 de febrero de 2024 y serán los siguientes:

Diario = MXN $108.57 (aproximadamente USD $6.26)

Mensual = MXN $3,300.53 (aproximadamente USD $190.36)

Anual = MXN $39,606.36 (aproximadamente USD $2,284.37)

Actualización de la prima de riesgo. Cada mes de febrero, las empresas deben presentar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) un informe anual en el que se reporten todas las enfermedades de trabajo y/o riesgos de trabajo. El informe se utiliza para calcular si la prima de riesgo debe actualizarse (aumentándola o disminuyéndola).

Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de las Empresas. A más tardar el 31 de marzo de 2024, todas las empresas deben presentar su declaración anual de impuestos. Los empleados tienen derecho a recibir una parte proporcional del 10 por ciento de los ingresos del ejercicio fiscal de la Empresa y la fecha límite para pagar dicha parte es el 31 de mayo de 2024.

El incumplimiento de los requisitos para el pago de la PTU y/o formalidades podría resultar en multas para las empresas.

Actualización del registro REPSE. Han pasado casi tres años desde que entró en vigor la Ley que prohíbe la subcontratación. La ley, que fue modificada en febrero de 2023, obliga a las empresas a inscribirse en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados o de Obras Especializadas (“REPSE”) y a renovar dicho registro cada tres años. Todas las empresas que realizaron su inscripción ante el REPSE en 2021 están obligadas a renovarla en 2024.

Hasta el momento, el gobierno no ha anunciado o emitido el procedimiento específico para llevar a cabo la renovación de referencia; sin embargo, es una obligación de deben tener presente las empresas.

Evaluación de riesgos psicosociales (NOM-035). En octubre de 2020 entró en vigor la segunda fase de la NOM-035-STPS-2018, la norma para la prevención de riesgos psicosociales en los centros de trabajo. La segunda fase ordena la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional al menos cada dos años. En consecuencia, en 2024 las empresas que iniciaron el cumplimiento de la NOM-035 en 2020 deberán realizar la segunda ronda de evaluaciones para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y el entorno organizacional.

Teletrabajo (NOM-037). A partir del 5 de diciembre de 2023, entró en vigor la NOM-037-STPS-2023, norma oficial mexicana en materia de obligaciones para las empresas y empleados que presten sus servicios bajo la modalidad de teletrabajo. Por ello, es probable que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) incremente este año el número de inspecciones en materia de teletrabajo para garantizar el cumplimiento de la norma en 2024.

Las empresas que tengan empleados que presten sus servicios más del 40 por ciento de su tiempo en casa y/o fuera del centro de trabajo, y mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, deberán verificar el cumplimiento de la norma para evitar responsabilidades futuras.

La oficina de Ogletree Deakins en la Ciudad de México, continuará monitoreando el desarrollo de los acontecimientos y proporcionará actualizaciones en el blog Cross-Border conforme se disponga de información adicional.


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