El 31 de julio de 2019 la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (“STPS”) publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el protocolo de legitimación de un Contrato Colectivo de Trabajo (“CCT”) vigente, en cumplimiento al Artículo Décimo Primero Transitorio del decreto oficial publicado en el DOF el 1 de mayo de 2019. El objetivo del proceso de legitimación es brindar certidumbre a los trabajadores sindicalizados, asegurando que conozcan los términos del CCT aplicable y a su sindicato.

Si un sindicato no realiza la legitimación del CCT existente según el protocolo ya mencionado antes del 1 de mayo de 2023, se dará por terminado el CCT.

El proceso de legitimación debe realizarse de acuerdo a el siguiente procedimiento:

  • El sindicato presenta una solicitud de manera digital ante la STPS, permitiéndole decidir si requiere la asistencia de la autoridad laboral o recurre a un notario público. La STPS requerirá información específica del sindicato, del patrón y del CCT que fue presentado por las partes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
  • Una vez presentada la solicitud de manera digital, el sindicato informará al patrón de la fecha exacta en que tendrá lugar la consulta.
  • La copia del CCT deberá ser entregada a los trabajadores al menos diez días antes de la fecha de la consulta.

Una vez terminado el procedimiento ya mencionado, el sindicato imprimirá, enumerará y sellará tantas boletas como sean necesarias, generadas a través de la plataforma digital de la STPS, que corresponden a el padrón de la plantilla laboral del patrón.

La STPS autorizará la presencia de un representante laboral durante el proceso de votación. Esto garantizará seguridad, transparencia, fiabilidad y certidumbre. Adicionalmente, el patrón no podrá participar en el proceso de votación.

Una vez que el representante haya validado el procedimiento de votación en el que el sindicato obtenga la mayoría, se considerará legítimo el CCT y se expedirá la constancia de legitimación correspondiente por parte de la STPS.

Si el sindicato no cuenta con el apoyo de la mayoría de los trabajadores (50 por ciento + 1 por ciento), el CCT se considerará rescindido.

Decreto Publicado en el DOF el 6 de marzo de 2023

El 6 de marzo de 2023, la STPS publicó en el DOF que el plazo para completar el proceso de legitimación mencionado anteriormente, debe ser completado antes del 31 de julio de 2023.

El decreto antes citado no significa que el plazo del 1 de mayo de 2023 se haya extendido. Únicamente se está autorizando que las solicitudes presentadas ante la STPS para obtener la constancia de legitimación antes del 1 de mayo de 2023, puedan concluir el proceso de votación antes del 31 de julio de 2023. Si las solicitudes de legitimación se realizan a partir del 1 de mayo de 2023, la STPS no autorizará al sindicato y al patrón a ejecutar un proceso de votación, trayendo como consecuencia la terminación del CCT.

La oficina de la Ciudad de México de Ogletree Deakins continuará monitoreando e informando sobre los avances en derecho laboral de México y publicará las actualizaciones en el blog Cross-Border de la firma, a medida que haya información adicional disponible. La información importante para los empleadores también está disponible a través de los webinars y podcats de la firma.


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