El 12 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a la Ley Federal del Trabajo, incrementando la edad mínima para trabajar de los catorce a los quince años de edad.

Esta reforma es congruente con la reforma constitucional vigente desde el pasado 17 de junio de 2014, para evitar que los menores de quince años o mayores de quince pero menores de dieciocho, que no hayan terminado la educación básica obligatoria, trabajen.

Esta reforma a la Ley Federal del Trabajo también prohíbe que los empleados mayores de quince años y menores de dieciocho, trabajen tiempo extraordinario.

Es importante mencionar que los trabajadores mayores de quince pero menores de dieciocho años, necesitan obtener permiso de sus padres o en su ausencia de la Junta de Conciliación y Arbitraje, para poder trabajar.

La Ley Federal del Trabajo también prohíbe que los trabajadores menores de edad laboren en actividades peligrosas o dañinas, incluyendo entre otras, las desarrolladas en lugares ruidosos, jornadas nocturnas, en la industria de la construcción, minería, buques, y actividades submarinas y subterráneas.

La Ley Federal del Trabajo establece multas para los patrones que contraten personas menores de quince años, de mismas que van 250 a 5,000 días de salario mínimo general y prisión de entre 1 y 4 años.


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